Reclamo de una vivienda
Luego de infructuosas gestiones, la señora Mayerlin Medina sometió una acción de amparo para reclamar la devolución de un inmueble de su propiedad, que estaba ocupado desde el 2004 por la procuraduría fiscal del Distrito Nacional. Allí funciona la Fiscalía Barrial de Villa Consuelo.
Para reclamar protección a su derecho de propiedad, Medina apoderó en el 2013 a la Novena Sala Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, tribunal que declaró inadmisible la acción de amparo “por existir una vía judicial efectiva disponible”.
Inconforme con ese fallo, recurrió la decisión ante el Tribunal Constitucional, el cual acogió el recurso de revisión de la accionante y revocó la sentencia de amparo número 91-2013, dictada por el tribunal penal.
Mediante la sentencia 246/14, el TC ordenó a la Procuraduría General de la República y a la Fiscalía del Distrito Nacional entregar el inmueble a Medina en un plazo de 3 meses.
El TC consideró que la ocupación del inmueble constituye una actuación administrativa que desborda el alcance de las facultades del Ministerio Público, ya que no probó la existencia de un contrato de alquiler.
Determinó que en ese caso, “el Ministerio Público no ha podido demostrar que la ocupación que ostenta del referido inmueble se encuentre respaldada en acciones legales que justifiquen su prolongada retención, lo que constituye una actuación administrativa que se traduce en una vulneración a un derecho fundamental de la recurrente, que le impide el goce, usufructo y disposición de su derecho de propiedad, por lo que procede la devolución del mismo”.
Fuente: LD
Por: Wanda Méndez